El 22 de septiembre de 2006 fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº 20.120 que prohíbe la clonación y protege la vida de seres humanos desde el momento de la concepción, regulando la investigación biomédica en Chile.
El texto entre sus ideas principales establece que:
El texto entre sus ideas principales establece que:
- Prohíbe toda práctica eugenésica.
- Prohíbe la clonación de seres humanos.
- Sólo se podrá investigar y determinar la identidad genética de un ser humano si se cuenta con su consentimiento previo e informado.
- Toda investigación científica en un ser humano deberá contar con el consentimiento previo e informado de el mismo.
- La información genética de un ser humano será reservada.
- Se prohíbe solicitar, indagar, poseer y utilizar información sobre el genoma relativa a una persona, salvo que ella lo autorice expresamente.
- Se crea una Comisión Nacional de Bioética, integrada por nueve profesionales, designados por el Presidente de la República y ratificados por el Senado. Durarán cuatro años y podrán ser reelegidos.
- El que clonare o iniciare un proceso de clonar seres humanos, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y con la inhabilitación absoluta para el ejercicio de la profesión.
- Todo el que desarrolle un proyecto de investigación científica biomédica en seres humanos o en su genoma, sin contar con las autorizaciones correspondientes exigidas por la ley, será sancionado con la suspensión por tres años del ejercicio profesional y con la prohibición absoluta del ejercicio profesional en el territorio nacional.
Será el Ministerio de Salud el encargado de establecer el reglamento y las normas que complementen esta ley.
Fuente: http://www.bcn.cl/actualidad_legislativa/temas_portada.2006-09-22.9639976642
Fuente: http://www.bcn.cl/actualidad_legislativa/temas_portada.2006-09-22.9639976642
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